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De pleno derechoLos derechos europeos, en situación
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La ficha para imprimir

Vuelo cancelado: la ficha que conviene guardar

Seis reflejos, en el orden en que sirven. Cada uno lleva el texto que lo sostiene. Para imprimir y meter en la funda del billete.

Expediente EU 261/2004

Esta página está hecha para imprimirse: al imprimir, toda la pantalla que la rodea desaparece.

Estado del derecho verificado el29 de julio de 2026

  1. 01

    Guarde el mensaje de cancelación, con su hora

    La fecha en que le avisan decide su compensación, y le toca a la compañía probar que le informó y cuándo. Captura de pantalla, hora y motivo alegado.

    Artículo 5, apartado 4 · Reglamento (CE) n.º 261/2004, artículo 5 (Cancelación de vuelos), apartado 4 · eur-lex.europa.eu
  2. 02

    Elija entre reembolso y transporte alternativo, y dígalo por escrito

    Tres opciones, solo una que tomar: reembolso del billete en siete días, salida lo antes posible, o salida en una fecha que le convenga. Tomar una cierra las otras dos, y nada más.

    Artículo 8, apartado 1 · Reglamento (CE) n.º 261/2004, artículo 8 (Derecho al reembolso o a un transporte alternativo), apartado 1 · eur-lex.europa.eu
  3. 03

    Pida la atención debida, y guarde los recibos

    Comida y refrescos según la espera, hotel si se hace necesario pernoctar, transporte hasta el hotel. Si usted adelanta el dinero, los gastos necesarios, razonables y adecuados se reembolsan presentando los recibos.

    Artículo 9, apartado 1 · Reglamento (CE) n.º 261/2004, artículo 9 (Derecho a atención), apartado 1 · eur-lex.europa.eu
  4. 04

    Calcule su compensación por la DISTANCIA, nunca por el precio pagado

    250 euros hasta 1500 kilómetros. 400 euros por encima de 1500 kilómetros dentro de la Unión y para todos los demás vuelos de entre 1500 y 3500 kilómetros. 600 euros para los demás. El precio del billete no entra en ese cálculo.

    Artículo 7, apartado 1 · Reglamento (CE) n.º 261/2004, artículo 7 (Derecho a compensación), apartado 1 · eur-lex.europa.eu
  5. 05

    Acepte un vale de compra solo si de verdad lo quiere

    La compensación se abona en dinero. Solo se convierte en bonos de viaje previo acuerdo firmado por el pasajero, y ninguna cláusula del contrato de transporte puede derogar ese derecho.

    Artículo 7, apartado 3 · Reglamento (CE) n.º 261/2004, artículo 7 (Derecho a compensación), apartado 3 · eur-lex.europa.eu
  6. 06

    Después de la compañía, hay una autoridad

    Primero la reclamación a la compañía, con su formulario. Sin respuesta en un plazo de dos meses, o con una respuesta que no le satisface, reclamación ante la administración nacional del país donde ocurrió.

    Apartado «¡Haz valer tus derechos!» · Derechos de los pasajeros aéreos: hacer valer sus derechos · europa.eu

Información general sobre la base europea, no un asesoramiento jurídico sobre su caso. Sitio educativo independiente, sin vínculo con las instituciones de la Unión Europea. Los enlaces de reclamación de este expediente apuntan únicamente a organismos oficiales.

Fuentes verificadas el 29 de julio de 2026. · https://depleindroit.odersa.org/es/fiches/le-vol-annule-la-veille · Contenidos con licencia CC BY 4.0.

Lo que la ley le debe

Cada derecho con su importe o su plazo, el extracto del texto oficial que lo sostiene y su dirección.

Una compensación a tanto alzado, fijada por la distancia

400 €

250 euros hasta 1500 kilómetros, 400 euros por encima de 1500 kilómetros dentro de la Unión y para los demás vuelos de entre 1500 y 3500 kilómetros, 600 euros para el resto. Ese artículo conoce una sola variable, la distancia: el precio del billete no entra, y la condición de aviso previo vive en el artículo 5, apartado 1, letra c), no aquí.

El texto oficial · Artículo 7, apartado 1

«Cuando se haga referencia al presente artículo, los pasajeros recibirán una compensación por valor de: a) 250 euros para vuelos de hasta 1500 kilómetros; b) 400 euros para todos los vuelos intracomunitarios de más de 1500 kilómetros y para todos los demás vuelos de entre 1500 y 3500 kilómetros; c) 600 euros para todos los vuelos no comprendidos en a) o b). La distancia se determinará tomando como base el último destino al que el pasajero llegará con retraso en relación con la hora prevista debido a la denegación de embarque o a la cancelación.»

Diario Oficial de la Unión Europea · EUR-Lex · https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32004R0261

Avisado con menos de dos semanas, la compensación se debe

La compensación se debe a menos que la compañía le haya informado al menos con dos semanas de antelación respecto a la hora de salida prevista. Entre dos semanas y siete días solo decae si le ofrecen un transporte alternativo que salga con no más de dos horas de antelación y llegue con menos de cuatro horas de retraso; con menos de siete días, la ventana se estrecha a una hora antes y dos horas después. Avisado con menos de dos semanas, usted no ha perdido nada.

El texto oficial · Artículo 5, apartado 1, letra c)

«los pasajeros afectados tendrán derecho a una compensación por parte del transportista aéreo encargado de efectuar el vuelo conforme al artículo 7, a menos que: i) se les informe de la cancelación al menos con dos semanas de antelación con respecto a la hora de salida prevista, o ii) se les informe de la cancelación con una antelación de entre dos semanas y siete días con respecto a la hora de salida prevista y se les ofrezca un transporte alternativo que les permita salir con no más de dos horas de antelación con respecto a la hora de salida prevista y llegar a su destino final con menos de cuatro horas de retraso con respecto a la hora de llegada prevista, o iii) se les informe de la cancelación con menos de siete días de antelación con respecto a la hora de salida prevista y se les ofrezca tomar otro vuelo que les permita salir con no más de una hora de antelación con respecto a la hora de salida prevista y llegar a su destino final con menos de dos horas de retraso con respecto a la hora de llegada prevista.»

Diario Oficial de la Unión Europea · EUR-Lex · https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32004R0261

La elección entre que le devuelvan el dinero y volver a salir

Reembolso del billete en siete días, transporte alternativo lo antes posible, o transporte alternativo en una fecha que le convenga. Elige usted, y esa elección no borra la compensación.

El texto oficial · Artículo 8, apartado 1

«Cuando se haga referencia a este artículo, se ofrecerán a los pasajeros las opciones siguientes: a) - el reembolso en siete días, según las modalidades del apartado 3 del artículo 7, del coste íntegro del billete en el precio al que se compró […] b) la conducción hasta el destino final en condiciones de transporte comparables, lo más rápidamente posible, o c) la conducción hasta el destino final, en condiciones de transporte comparables, en una fecha posterior que convenga al pasajero, en función de los asientos disponibles.»

Diario Oficial de la Unión Europea · EUR-Lex · https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32004R0261

Comida, hotel y transporte durante la espera

Comida y refrescos según el tiempo de espera, hotel en cuanto se hace necesario pernoctar, y el trayecto hasta ese alojamiento. Gratuitamente.

El texto oficial · Artículo 9, apartado 1

«Cuando se haga referencia a este artículo, se ofrecerá gratuitamente a los pasajeros: a) comida y refrescos suficientes, en función del tiempo que sea necesario esperar; b) alojamiento en un hotel en los casos: - en que sea necesario pernoctar una o varias noches […] c) transporte entre el aeropuerto y el lugar de alojamiento (hotel u otros).»

Diario Oficial de la Unión Europea · EUR-Lex · https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32004R0261

Le toca a la compañía probar, no a usted

Probar que le informó y cuándo; probar las circunstancias extraordinarias si las invoca. Mientras no lo pruebe, la compensación sigue debiéndose.

El texto oficial · Artículo 5, apartado 3

«Un transportista aéreo encargado de efectuar un vuelo no está obligado a pagar una compensación conforme al artículo 7 si puede probar que la cancelación se debe a circunstancias extraordinarias que no podrían haberse evitado incluso si se hubieran tomado todas las medidas razonables.»

Diario Oficial de la Unión Europea · EUR-Lex · https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32004R0261

Ninguna cláusula puede hacerle renunciar

Las obligaciones para con los pasajeros no pueden limitarse ni derogarse por una cláusula del contrato de transporte. Un vale de compra solo sustituye al dinero con su acuerdo firmado.

El texto oficial · Artículo 15, apartado 1

«Las obligaciones para con los pasajeros establecidas en el presente Reglamento no podrán limitarse ni derogarse, especialmente por medio de la inclusión de una cláusula de inaplicación o una cláusula restrictiva en el contrato de transporte.»

Diario Oficial de la Unión Europea · EUR-Lex · https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32004R0261

Un organismo nacional al que acudir, en cada país

Cada Estado miembro designa un organismo responsable del cumplimiento de este reglamento, y todo pasajero puede reclamar ante él por un supuesto incumplimiento ocurrido en un aeropuerto de su territorio.

El texto oficial · Artículo 16, apartado 2

«Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 12, todo pasajero podrá reclamar ante cualquier organismo designado en el apartado 1, o ante cualquier otro organismo competente designado por un Estado miembro, por un supuesto incumplimiento del presente Reglamento en cualquier aeropuerto situado en el territorio de un Estado miembro»

Diario Oficial de la Unión Europea · EUR-Lex · https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32004R0261

Este sitio es educativo e independiente: no es un sitio oficial de la Unión Europea, y este veredicto no es un asesoramiento jurídico sobre su caso. Los importes y los plazos citados están copiados del texto oficial, cuyo enlace figura bajo cada derecho.