La ficha para imprimir
El verano trabajando fuera: la ficha para guardar
Seis reflejos, de la mochila a la oficina de empleo. Cada uno lleva el texto que lo sostiene.
Expediente EU 2004/38
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Estado del derecho verificado el29 de julio de 2026
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Váyase con su documento de identidad, y desconfíe de los papeles inventados
Hasta tres meses, ninguna condición ni formalidad de estancia que no sea estar en posesión de un documento de identidad o pasaporte válidos. El «permiso de temporada» y el «estatuto europeo de becario» no figuran en ningún texto de este expediente.
Artículo 6, apartado 1 · Directiva 2004/38/CE (libre circulación y residencia), artículo 6 (Derecho de residencia por un período de hasta tres meses), apartado 1 · eur-lex.europa.eu - 02
Compruebe la notificación de presencia del país, y hágala pronto
Algunos países piden notificar la presencia en el ayuntamiento o la comisaría en un plazo razonable. Con el documento de identidad en la mano y un trámite gratuito; en un hotel, el impreso de recepción se encarga por lo general.
Apartado «Registro de la presencia en el país para estancias inferiores a 3 meses» · Registro de la presencia para estancias inferiores a tres meses: cómo se notifica · europa.eu - 03
Conozca la sanción posible, y lo que no es
No notificar la presencia no puede valer una expulsión; algunos países pueden cobrar una multa. La página oficial habla de una sanción, por ejemplo una multa: da un ejemplo, no fija un máximo. Haga el trámite y no deje que nadie lo convierta en amenaza de expulsión.
Apartado «Registro de la presencia en el país para estancias inferiores a 3 meses» · Registro de la presencia para estancias inferiores a tres meses: la obligación posible y su sanción · europa.eu - 04
No pida permiso de trabajo: responda con la página oficial
En general, el ciudadano de la Unión no necesita permiso de trabajo en la UE, y los autónomos no lo necesitan en ningún caso. Conserve el «en general»: cubre unos pocos regímenes particulares.
Apartado «Permisos de trabajo» · Permisos de trabajo: los ciudadanos de la Unión · europa.eu - 05
Exija la tabla del país, y las ventajas que la acompañan
Ninguna diferencia de retribución por razón de la nacionalidad, y las mismas ventajas sociales y fiscales que los trabajadores nacionales. Toda cláusula que invoque la «normativa europea» sin referencia se impugna pidiendo el artículo.
Artículo 7, apartados 1 y 2 · Reglamento (UE) n.º 492/2011 (libre circulación de los trabajadores), artículo 7 (igualdad de trato), apartados 1 y 2 · eur-lex.europa.eu - 06
Use la oficina de empleo local como un nacional del país
Se le debe la misma asistencia que la concedida a los nacionales del país para buscar empleo. La ayuda a la renta, en cambio, puede denegarse los tres primeros meses: reclame el acompañamiento, no la prestación inmediata.
Artículo 5 · Reglamento (UE) n.º 492/2011, artículo 5 (la asistencia de las oficinas de empleo) · eur-lex.europa.eu
Información general sobre la base europea, no un asesoramiento jurídico sobre su caso. Sitio educativo independiente, sin vínculo con las instituciones de la Unión Europea. Los enlaces de reclamación de este expediente apuntan únicamente a organismos oficiales.
Fuentes verificadas el 29 de julio de 2026. · https://depleindroit.odersa.org/es/fiches/le-stage-a-l-etranger · Contenidos con licencia CC BY 4.0.
Lo que la ley le debe
Cada derecho con su importe o su plazo, el extracto del texto oficial que lo sostiene y su dirección.
Una estancia de menos de tres meses solo con el documento de identidad
Hasta tres meses, la estancia en otro Estado miembro no conoce ninguna condición ni formalidad que no sea estar en posesión de un documento de identidad o pasaporte válidos. Ni permiso, ni visado, ni estatuto que pedir, ni para quien trabaja el verano ni para quien hace prácticas.
El texto oficial · Artículo 6, apartado 1
Diario Oficial de la Unión Europea · EUR-Lex · https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:02004L0038-20110616«1. Los ciudadanos de la Unión tendrán derecho de residencia en el territorio de otro Estado miembro por un período de hasta tres meses sin estar sometidos a otra condición o formalidad que la de estar en posesión de un documento de identidad o pasaporte válidos.»
La notificación de presencia, un trámite acotado cuando existe
Algunos países piden notificar la presencia a las autoridades competentes, normalmente el ayuntamiento o la comisaría, en un plazo razonable. El documento de identidad basta, el trámite es gratuito, y en un hotel un impreso de recepción lo resuelve por lo general todo.
El texto oficial · Apartado «Registro de la presencia en el país para estancias inferiores a 3 meses»
Your Europe · Unión Europea · https://europa.eu/youreurope/citizens/residence/documents-formalities/reporting-presence/index_es.htm«Como ciudadano de la UE, lo único que necesitas para notificar la presencia es el documento de identidad o pasaporte […] pero el trámite es gratuito. Por lo general, las personas que se alojan en un hotel solo tienen que rellenar un impreso y el hotel se ocupa del resto.»
El olvido de la notificación arriesga una sanción, nunca la expulsión
No notificar la presencia puede sancionarse con una multa en algunos países de la Unión, pero no puede ser causa de expulsión. La página oficial habla de «sanción, por ejemplo, con una multa»: es un ejemplo, no un techo. Lo que sí excluye, lo excluye con nitidez: la expulsión.
El texto oficial · Apartado «Registro de la presencia en el país para estancias inferiores a 3 meses»
Your Europe · Unión Europea · https://europa.eu/youreurope/citizens/residence/documents-formalities/reporting-presence/index_es.htm«En algunos países de la UE tienes que notificar tu presencia a las autoridades competentes (normalmente en el ayuntamiento o la comisaría de policía) en un plazo de tiempo razonable desde tu llegada, y si no lo haces puedes ser sancionado, por ejemplo, con una multa. […] El hecho de no notificar la presencia en el territorio puede ser sancionado con una multa en algunos países de la UE, pero no puede ser causa de expulsión.»
Un trabajo de verano sin permiso de trabajo, en general
En general, el ciudadano de la Unión no necesita permiso de trabajo para trabajar en otro país de la UE. El «en general» de la página oficial cubre unos pocos regímenes particulares, no un servicio de sala de dos meses.
El texto oficial · Apartado «Permisos de trabajo»
Your Europe · Unión Europea · https://europa.eu/youreurope/citizens/work/work-abroad/work-permits/index_es.htm«En general, como ciudadano o ciudadana de la UE, no necesitas permiso de trabajo para trabajar en otro país de la UE. Los trabajadores autónomos no necesitan en ningún caso permiso de trabajo en la UE.»
Misma tabla salarial, mismas ventajas que los temporeros del país
El trabajador de otro Estado miembro no puede ser tratado de forma diferente por razón de su nacionalidad en las condiciones de empleo y de trabajo, con la retribución la primera, y se beneficia de las mismas ventajas sociales y fiscales. El baremo «de extranjeros» no existe legalmente.
El texto oficial · Artículo 7, apartados 1 y 2
Diario Oficial de la Unión Europea · EUR-Lex · https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:02011R0492-20210801«1. En el territorio de otros Estados miembros y por razón de la nacionalidad, el trabajador nacional de un Estado miembro no podrá ser tratado de forma diferente a los trabajadores nacionales, en cuanto se refiere a las condiciones de empleo y de trabajo, especialmente en materia de retribución, de despido y de reintegración profesional o de nuevo empleo, si hubiera quedado en situación de desempleo. 2. Se beneficiará de las mismas ventajas sociales y fiscales que los trabajadores nacionales.»
La misma asistencia de la oficina de empleo que los nacionales del país
Quien busca empleo en otro Estado miembro recibe allí la misma asistencia que la que las oficinas de empleo de ese Estado conceden a sus propios nacionales. Inscripción, ofertas y acompañamiento incluidos.
El texto oficial · Artículo 5
Diario Oficial de la Unión Europea · EUR-Lex · https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:02011R0492-20210801«El nacional de un Estado miembro que busque un empleo en el territorio de otro Estado miembro, recibirá allí la misma asistencia que la que las oficinas de empleo de ese Estado conceden a sus propios nacionales que busquen empleo.»
El límite escrito: la ayuda a la renta puede esperar los tres primeros meses
El país de acogida puede denegar el derecho a percibir ayudas a la renta u otras prestaciones durante los tres primeros meses de residencia, e incluso más tiempo para quien llega al país buscando trabajo.
El texto oficial · Apartado «Igualdad de trato en el trabajo»
Your Europe · Unión Europea · https://europa.eu/youreurope/citizens/work/work-abroad/equal-treatment-with-nationals/index_es.htm«Como ciudadano de la UE, se te debe tratar también exactamente igual que a tus colegas de trabajo locales, ciudadanos de ese país, en lo que respecta a derechos laborales, prestaciones sociales y acceso a los servicios públicos de empleo. Ahora bien, tu país de acogida puede denegarte el derecho a percibir ayudas a la renta u otras prestaciones durante tus tres primeros meses de residencia […] o incluso más tiempo si llegas al país en busca de trabajo.»
Este sitio es educativo e independiente: no es un sitio oficial de la Unión Europea, y este veredicto no es un asesoramiento jurídico sobre su caso. Las formulaciones citadas están copiadas de los textos oficiales y de las páginas oficiales, cuyo enlace figura bajo cada derecho.
Expediente EU 2004/38
Las piezas de este expediente
Cada pieza tiene su página. La situación se juega aquí; lo que se guarda, lo que se envía y lo que se relee viven al lado.