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De pleno derechoLos derechos europeos, en situación
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La ficha para imprimir

Irse a estudiar a la Unión: la ficha para guardar

Seis reflejos, de la solicitud de plaza a la ventanilla de registro. Cada uno lleva el texto que lo sostiene.

Expediente EU 2004/38

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Estado del derecho verificado el29 de julio de 2026

  1. 01

    Solicite plaza en cualquier sitio: la nacionalidad no es un criterio

    Usted tiene derecho a estudiar en la universidad de cualquier país de la UE en las mismas condiciones que los nacionales, y no se le puede denegar el acceso a la educación por su nacionalidad. Prepare el expediente y, si el país lo pide, el examen de idioma.

    Apartado «Admisión e ingreso en la Universidad» · Universidad: admisión y condiciones de ingreso · europa.eu
  2. 02

    Pague la tarifa de matrícula de los nacionales, y pida sus becas de matrícula

    No pueden exigirle tasas de matrícula más elevadas, y las becas que cubren las tasas universitarias le están abiertas igual que a ellos. Haga rectificar cualquier clasificación como «internacional» antes de pagar.

    Apartado «Resumen de las tasas y las becas» · Universidad: tasas de matrícula y becas que cubren esas tasas · europa.eu
  3. 03

    Haga su presupuesto sin contar con la beca de manutención

    La igualdad no cubre necesariamente ni los préstamos ni las becas de ayuda o manutención. Algunos países las conceden por iniciativa propia: infórmese, pero no base el alquiler en eso.

    Apartado «Resumen de las tasas y las becas», advertencia · Universidad: el límite de las becas y préstamos de manutención · europa.eu
  4. 04

    Los tres primeros meses: su documento de identidad, nada más

    Hasta tres meses, ninguna condición ni formalidad que no sea estar en posesión de un documento de identidad o pasaporte válidos. Un país puede pedirle que notifique su presencia, no que monte un expediente.

    Artículo 6, apartado 1 · Directiva 2004/38/CE (libre circulación y residencia), artículo 6 (Derecho de residencia por un período de hasta tres meses), apartado 1 · eur-lex.europa.eu
  5. 05

    En el registro, entregue tres documentos y ni un extracto más

    Documento de identidad, prueba de matrícula, prueba de seguro de enfermedad que cubra todos los riesgos, y declaración de recursos cuyo importe no puede exigirse. La página oficial lo confirma: no hay que facilitar otros documentos, y el apartado 2 del mismo artículo quiere que el certificado se expida inmediatamente.

    Artículo 8, apartado 3 · Directiva 2004/38/CE, artículo 8, apartado 3, tercer guion (los documentos exigibles al estudiante) · eur-lex.europa.eu
  6. 06

    Ante una orden de salida, exija las formas

    Decisión escrita, motivos explicados, vías y plazos de recurso indicados: sin esos elementos, la decisión está incompleta. Al terminar los estudios, la prueba de un trabajo o de recursos suficientes mantiene el derecho de residencia.

    Apartado «¿Pueden expulsarte u ordenarte que salgas del país?» · Estudiantes, derechos de residencia: orden de salida del país y expulsión · europa.eu

Información general sobre la base europea, no un asesoramiento jurídico sobre su caso. Sitio educativo independiente, sin vínculo con las instituciones de la Unión Europea. Los enlaces de reclamación de este expediente apuntan únicamente a organismos oficiales.

Fuentes verificadas el 29 de julio de 2026. · https://depleindroit.odersa.org/es/fiches/partir-etudier-dans-l-union · Contenidos con licencia CC BY 4.0.

Lo que la ley le debe

Cada derecho con su importe o su plazo, el extracto del texto oficial que lo sostiene y su dirección.

Estudiar en cualquier universidad de la Unión, sin barrera de nacionalidad

Usted tiene derecho a estudiar en la universidad de cualquier país miembro en las mismas condiciones que los ciudadanos de ese país, y ningún país puede denegarle el acceso a la formación o a la educación por su nacionalidad. Las condiciones de admisión, en cambio, varían realmente: la igualdad recae en las reglas, no en el resultado.

El texto oficial · Apartado «Admisión e ingreso en la Universidad»

«Como ciudadano de la UE, tienes derecho a estudiar en la universidad de cualquier país miembro en las mismas condiciones que los ciudadanos de ese país. Sin embargo, las condiciones de admisión varían mucho según los países y las universidades. Sean cuales sean, no se te puede denegar el acceso a la formación o a la educación en otro país de la UE debido a tu nacionalidad.»

Your Europe · Unión Europea · https://europa.eu/youreurope/citizens/education/university/admission-entry-conditions/index_es.htm

Las tasas de matrícula de los nacionales, y sus becas de matrícula

A quien es ciudadano de la UE y estudia en la universidad de otro país de la UE no pueden exigirle pagar tasas de matrícula más elevadas, y tiene derecho a las mismas becas que los nacionales de ese país para pagar las tasas universitarias.

El texto oficial · Apartado «Resumen de las tasas y las becas»

«Como ciudadano/a de la UE que estudia en la universidad de otro país de la UE: no pueden exigirte pagar tasas de matrícula más elevadas; tienes derecho a las mismas becas para pagar las tasas universitarias que quienes son nacionales de ese país.»

Your Europe · Unión Europea · https://europa.eu/youreurope/citizens/education/university/fees-and-financial-help/index_es.htm

El límite escrito: las becas de manutención no están garantizadas

La igualdad de trato no es necesariamente así para las becas y los préstamos de ayuda o manutención. Algunos países las conceden a estudiantes extranjeros por iniciativa propia: una posibilidad que comprobar, nunca un derecho que exigir.

El texto oficial · Apartado «Resumen de las tasas y las becas», advertencia

«Esto no es así necesariamente para las becas y los préstamos de ayuda o manutención. Sin embargo, puede que algunos países opten por ofrecer becas de manutención a estudiantes extranjeros.»

Your Europe · Unión Europea · https://europa.eu/youreurope/citizens/education/university/fees-and-financial-help/index_es.htm

Tres meses sin más trámite que un documento de identidad

Hasta tres meses, la residencia en otro Estado miembro no conoce ninguna condición ni formalidad que no sea estar en posesión de un documento de identidad o pasaporte válidos. Ni visado, ni permiso, ni expediente.

El texto oficial · Artículo 6, apartado 1

«1. Los ciudadanos de la Unión tendrán derecho de residencia en el territorio de otro Estado miembro por un período de hasta tres meses sin estar sometidos a otra condición o formalidad que la de estar en posesión de un documento de identidad o pasaporte válidos.»

Diario Oficial de la Unión Europea · EUR-Lex · https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:02004L0038-20110616

Más allá de tres meses: tres condiciones, y la prueba de recursos a su manera

La residencia de estudiante de más de tres meses se apoya en la matrícula en un centro reconocido, un seguro de enfermedad que cubra todos los riesgos, y la garantía de recursos suficientes dada mediante una declaración o por cualquier otro medio equivalente de su elección.

El texto oficial · Artículo 7, apartado 1, letra c)

«está matriculado en un centro público o privado, reconocido o financiado por el Estado miembro de acogida con arreglo a su legislación o a su práctica administrativa, con la finalidad principal de cursar estudios, inclusive de formación profesional, y […] cuenta con un seguro de enfermedad que cubre todos los riesgos en el Estado miembro de acogida y garantiza a la autoridad nacional competente, mediante una declaración o por cualquier otro medio equivalente de su elección, que posee recursos suficientes para sí y los miembros de su familia para no convertirse en una carga para la asistencia social del Estado miembro de acogida durante su período de residencia»

Diario Oficial de la Unión Europea · EUR-Lex · https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:02004L0038-20110616

Un registro acotado: tres documentos, ningún importe exigible

Para expedir el certificado de registro, el Estado solo puede exigir el documento de identidad, la prueba de matrícula, la prueba de seguro y la declaración de recursos, sin poder exigir que haga referencia a una cantidad determinada. El apartado 2 del mismo artículo añade que el certificado se expide inmediatamente.

El texto oficial · Artículo 8, apartado 3

«al ciudadano de la Unión contemplado en la letra c) del apartado 1 del artículo 7, que presente un documento de identidad o un pasaporte válidos, una prueba de que está matriculado en un centro reconocido y de que tiene un seguro de enfermedad que cubra todos los riesgos y la declaración o medio equivalente contemplado en dicha letra. Los Estados miembros no podrán exigir que la mencionada declaración haga referencia a una cantidad determinada en concepto de recursos.»

Diario Oficial de la Unión Europea · EUR-Lex · https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:02004L0038-20110616

Ninguna salida por orden difusa: decisión escrita, motivada, con vías de recurso

Una orden de salida del país o una decisión de expulsión se deben notificar por escrito, explicar sus motivos e indicar cómo recurrirlas y en qué plazo. La expulsión por orden público sigue siendo excepcional y supone demostrar una amenaza grave.

El texto oficial · Apartado «¿Pueden expulsarte u ordenarte que salgas del país?»

«En casos excepcionales, el país de acogida puede expulsarte por motivos de orden público o seguridad pública, pero solo si demuestra que representas una amenaza grave. Tanto la decisión de expulsión como la orden de salida del país se te deben notificar por escrito y explicar los motivos que las justifican, cómo recurrirlas y en qué plazo.»

Your Europe · Unión Europea · https://europa.eu/youreurope/citizens/residence/residence-rights/students/index_es.htm

Este sitio es educativo e independiente: no es un sitio oficial de la Unión Europea, y este veredicto no es un asesoramiento jurídico sobre su caso. Las formulaciones citadas están copiadas del texto oficial y de las páginas oficiales, cuyo enlace figura bajo cada derecho.