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De pleno derechoLos derechos europeos, en situación
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El desarrollo escrito

El tren suprimido: el desarrollo escrito

Un tren suprimido no suprime su billete. Le abre tres opciones que elige usted, una atención durante la espera y el 50 % del precio del billete si llega con más de dos horas de retraso.

Estado del derecho verificado el29 de julio de 2026

Este desarrollo lleva las respuestas dentro. Está aquí para leer la situación sin jugarla, para imprimirla, y para que el contenido siga entero sin JavaScript.

Pieza n.º 1 · 13.20, la línea se pone en rojo

Praga a Berlín, un trayecto internacional entre dos países de la Unión, con billete comprado tres semanas antes por 58 €. Salida prevista a las 13.32, llegada prevista a las 17.50.

A las 13.20, la línea de su tren pasa a «suprimido». El personal de la compañía está en huelga desde la mañana. Ningún anuncio dice qué pasa después.

Panel de salidas13.20
Tren
13.32, Praga a Berlín
Estado
Suprimido
Motivo mostrado
huelga del personal de la compañía
Solución propuesta
ninguna
Billete
58 €, comprado hace tres semanas

El tren no saldrá. ¿Qué hace con su billete?

Respuesta correcta · Voy a la taquilla a pedir la elección que me abre el reglamento: reembolso, o transporte alternativo lo antes posible, o transporte alternativo en la fecha que me convenga.

Una supresión abre tres opciones, y elige usted El reglamento no deja decidir sola a la compañía. En cuanto una supresión hace perder 60 minutos o más en la llegada, debe ofrecer DE INMEDIATO la opción entre tres posibilidades y adoptar las disposiciones necesarias. No es un gesto comercial: es una obligación, y su verbo es «ofrecerá de inmediato».

«En caso de que sea razonable prever, bien a la salida o a causa de la pérdida de un enlace o una cancelación, que la llegada al destino final previsto en el contrato de transporte sufra un retraso de 60 minutos como mínimo, la empresa ferroviaria que efectúa el servicio retrasado o cancelado ofrecerá de inmediato al viajero la opción entre una de las siguientes posibilidades, y adoptará las disposiciones necesarias para ello: a) el reintegro del importe total del billete […] b) la continuación del viaje o la conducción por una vía alternativa al punto de destino final, en condiciones de transporte comparables y lo antes posible; c) la continuación del viaje o la conducción por una vía alternativa al punto de destino final, en condiciones de transporte comparables, en la fecha posterior que convenga al viajero.»

En palabras llanas: usted tiene tres puertas y la llave está en su bolsillo. El reembolso, la salida cuanto antes por otro medio, o el mismo trayecto otro día de su elección. La compañía debe ofrecérselas, no esconderlas.

Artículo 18, apartado 1 · Reglamento (UE) 2021/782, artículo 18 (Reintegro y conducción por una vía alternativa), apartado 1 · https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32021R0782

Mito · Un billete de tren tiene fecha: suprimido, está perdido. Compro otro para mañana.

El mito: «tren suprimido, billete perdido» La página oficial de la Unión lo dice exactamente al revés: la supresión abre el reembolso, y fija incluso el plazo de pago en treinta días. Un billete suprimido no se evapora, se convierte en un crédito. Y el reembolso es solo una de las tres opciones: nada le obliga a renunciar al viaje.

«Si, debido a la cancelación de un tren, llegas a tu destino final con más de sesenta minutos de retraso, tienes derecho a elegir entre las siguientes opciones: recibir el reembolso del billete en un plazo de treinta días […] continuar o modificar el trayecto del viaje en condiciones comparables para llegar a tu destino final lo antes posible, sin coste adicional»

En palabras llanas: el reembolso se paga en treinta días, y el transporte alternativo se hace sin un céntimo de más. Volver a comprar a tarifa completa sin haber preguntado es pagar por segunda vez lo que ya se le debe.

Apartado «Han cancelado tu tren» · Derechos de los pasajeros de tren: han cancelado tu tren · https://europa.eu/youreurope/citizens/travel/passenger-rights/rail/index_es.htm

Mito · Suprimido no es retrasado: sin retraso no hay nada que reclamar.

El mito: «hace falta un retraso, y aquí ya no hay tren» El artículo no distingue. Nombra los tres casos en la misma frase y al mismo nivel: el retraso a la salida, la pérdida de un enlace y la cancelación. Lo que dispara sus derechos no es el estado que muestre el panel, es el retraso previsible en la llegada, 60 minutos o más.

«En caso de que sea razonable prever, bien a la salida o a causa de la pérdida de un enlace o una cancelación, que la llegada al destino final previsto en el contrato de transporte sufra un retraso de 60 minutos como mínimo, la empresa ferroviaria que efectúa el servicio retrasado o cancelado ofrecerá de inmediato al viajero la opción entre una de las siguientes posibilidades»

En palabras llanas: cancelación y retraso los trata junto el mismo texto. El umbral se lee en la llegada, no en la pantalla de la estación.

Artículo 18, apartado 1 · Reglamento (UE) 2021/782, artículo 18 (Reintegro y conducción por una vía alternativa), apartado 1 · https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32021R0782

Pieza n.º 2 · El vale de compra, tendido en el momento justo

14.05. La cola avanza. Cuando llega su turno, el empleado no habla ni de reembolso ni de transporte alternativo: pone sobre el mostrador un vale de compra de 20 €, válido un año en la red de la compañía.

Detrás de usted, media cola firma el recibo sin leerlo. Es más rápido, y nadie tiene ganas de discutir.

Taquilla 414.05
Ofrecido
vale de compra de 20 €, válido un año
Reembolso mencionado
no
Transporte alternativo mencionado
no
Para firmar
un recibo de entrega del vale
Mención de algún derecho
ninguna

El vale está en el mostrador, el bolígrafo al lado. ¿Qué hace?

Respuesta correcta · Rechazo el vale y pido el reembolso en dinero, o un transporte alternativo lo antes posible.

Un vale de compra solo sustituye al reembolso si USTED lo acepta El texto autoriza el vale, pero con una condición, y la condición es usted. El reintegro puede pagarse en forma de vales solo si sus condiciones son suficientemente flexibles Y el viajero los acepta. Mientras no haya firmado nada, el reembolso en dinero sigue sobre la mesa. La misma lógica vale para la compensación: el reglamento prevé que se abone en efectivo a petición del viajero.

«Los reintegros a que se refiere el apartado 1, letra a), y el apartado 3 se abonarán en un plazo de treinta días a partir de la recepción de la solicitud. […] El reintegro podrá pagarse en forma de vales u otros servicios, o de ambas cosas, siempre que las condiciones de dichos vales y dichos servicios sean suficientemente flexibles, en particular en términos de período de validez y destino, y que el viajero acepte dichos vales o servicios, o ambas cosas. No se deducirán del reintegro del precio del billete costes de transacción como tasas, gastos telefónicos o sellos.»

En palabras llanas: el vale es una oferta, no una decisión. Sin su acuerdo no vale nada, y no pueden recortarle el reembolso alegando gastos de gestión.

Artículo 18, apartado 5 · Reglamento (UE) 2021/782, artículo 18 (Reintegro y conducción por una vía alternativa), apartado 5 · https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32021R0782

Mito · Cojo el vale: 20 € ahora mismo siempre es mejor que una reclamación.

La trampa más ensayada de la taquilla: el vale tendido antes de decirle sus derechos No es ilegal ofrecerle un vale. Lo que sí lo es, es hacerlo pasar por la única salida. El texto acota el vale con dos cerrojos: sus condiciones deben ser flexibles, y usted debe aceptarlo. Firmar antes de haber oído las palabras «reembolso» y «transporte alternativo» es renunciar a una elección que nunca le presentaron.

«El reintegro podrá pagarse en forma de vales u otros servicios, o de ambas cosas, siempre que las condiciones de dichos vales y dichos servicios sean suficientemente flexibles, en particular en términos de período de validez y destino, y que el viajero acepte dichos vales o servicios, o ambas cosas.»

En palabras llanas: «y que el viajero acepte» es la mitad de la frase que la taquilla se olvida de leer. Un vale aceptado cierra la puerta; un vale rechazado la deja abierta.

Artículo 18, apartado 5 · Reglamento (UE) 2021/782, artículo 18 (Reintegro y conducción por una vía alternativa), apartado 5 · https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32021R0782

Sin efecto · Pido hablar con el director de la compañía ferroviaria.

Nadie importante va a bajar al andén, y había otra cosa gratis El reglamento no abre ningún derecho a un interlocutor de alto rango. En cambio, a partir de 60 minutos de retraso o de una supresión, abre algo que casi nadie reclama: comidas y refrigerios, e incluso el hotel con el trayecto hasta el hotel si tiene que pernoctar allí. Gratuitamente, y a cargo de la compañía.

«En caso de que el retraso a que se refiere el apartado 1 sea como mínimo de 60 minutos, o de cancelación de un servicio, la empresa ferroviaria que efectúa el servicio retrasado o cancelado ofrecerá gratuitamente a los viajeros lo siguiente: a) comidas y refrigerios, en una medida adecuada al tiempo de espera […] b) alojamiento en un hotel u otro lugar, y transporte entre la estación de ferrocarril y el lugar de alojamiento, en los casos que requieran una estancia de una o más noches o una estancia adicional, siempre y cuando sea físicamente posible.»

En palabras llanas: algo que comer y beber durante la espera, y una cama si cae la noche antes que su tren. Se pide en la taquilla, no al director.

Artículo 20, apartado 2 · Reglamento (UE) 2021/782, artículo 20 (Asistencia), apartado 2 · https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32021R0782

Pieza n.º 3 · 15.12, y sigue sin haber nada

Su tren debía salir a las 13.32. Son las 15.12: han pasado cien minutos desde la hora de salida prevista, y la compañía no le ha comunicado NINGUNA posibilidad de transporte alternativo.

En la explanada de la estación, un autocar regular sale hacia Berlín a las 15.30. Quedan plazas, a 39 € el billete.

Nota de expediente15.12

Hora de salida prevista del tren suprimido: 13.32.

Transcurrido desde entonces: cien minutos. Posibilidades de transporte alternativo comunicadas por la compañía: ninguna.

Otro servicio de transporte público disponible: autocar regular a Berlín, salida a las 15.30.

Cien minutos sin ninguna propuesta. ¿Qué le autoriza eso?

Respuesta correcta · Cojo el autocar de las 15.30, guardo el recibo y haré que me lo reembolsen.

El umbral que nadie conoce: cien minutos, y usted recupera el mando Es la disposición más concreta de todo el reglamento ferroviario, y la más ignorada. Si la compañía no le ha comunicado las posibilidades de transporte alternativo dentro de los cien minutos siguientes a la salida prevista, usted puede celebrar por su cuenta un contrato con otros proveedores de transporte público por ferrocarril, autocar o autobús. Ella reembolsa después los costes necesarios, adecuados y razonables. No tiene que pedir permiso: el plazo se lo ha dado por usted.

«Cuando no se hayan comunicado al viajero las posibilidades de conducción por vía alternativa dentro de los 100 minutos siguientes a la salida prevista del servicio retrasado o cancelado o del enlace perdido, el viajero tendrá derecho a celebrar dicho contrato con otros proveedores de servicios de transporte público por ferrocarril, autocar o autobús. La empresa ferroviaria reembolsará al pasajero los costes derivados necesarios, adecuados y razonables.»

En palabras llanas: pasados cien minutos de silencio, usted organiza su viaje por su cuenta, en transporte público, y la factura es de ellos. Anote la hora: es ella la que abre el derecho.

Artículo 18, apartado 3, párrafo segundo · Reglamento (UE) 2021/782, artículo 18 (Reintegro y conducción por una vía alternativa), apartado 3 · https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32021R0782

Mito · Sin su acuerdo por escrito no puedo comprometer nada a su costa. Sigo esperando.

El mito: «nada sin su acuerdo» Sí existe un caso en que hace falta el acuerdo de la compañía: cuando usted organiza el viaje ANTES del plazo. Pero la página oficial de la Unión es explícita sobre lo que ocurre tras cien minutos de silencio: usted organiza su viaje SIN su acuerdo. Esperar una luz verde que ya no hace falta dar es la única forma de perder ese derecho.

«Sin embargo, si la empresa ferroviaria no te informa de las opciones de transporte alternativo disponibles en un plazo de 100 minutos a partir de la salida programada del tren cancelado, tienes derecho a organizar tu propio viaje alternativo sin el acuerdo de la empresa ferroviaria con otros servicios de transporte público, es decir, ferrocarril, autocar o autobús. La empresa ferroviaria deberá reembolsarte después los costes necesarios, apropiados y razonables en que incurriste al llevar a cabo el plan alternativo.»

En palabras llanas: «sin el acuerdo de la empresa ferroviaria» está escrito negro sobre blanco en la página oficial. Pasados cien minutos, decide usted.

Apartado «Asistencia y organización alternativa de viajes» · Derechos de los pasajeros de tren: transporte alternativo pasados cien minutos · https://europa.eu/youreurope/citizens/travel/passenger-rights/rail/index_es.htm

Mito · Cojo un taxi hasta Berlín y les mando la factura.

El mito: «a su costa, luego todos mis gastos» El texto nombra con precisión lo que autoriza, y pone dos límites en la misma frase. Los otros proveedores a los que se refiere son los de transporte PÚBLICO por ferrocarril, autocar o autobús. Y los costes reembolsados son los costes necesarios, adecuados y RAZONABLES. Conocer el límite de un derecho es lo que hace creíble todo el resto de la petición.

«el viajero tendrá derecho a celebrar dicho contrato con otros proveedores de servicios de transporte público por ferrocarril, autocar o autobús. La empresa ferroviaria reembolsará al pasajero los costes derivados necesarios, adecuados y razonables.»

En palabras llanas: ferrocarril, autocar o autobús, y un gasto razonable. Un taxi de trescientos kilómetros no entra en ninguna de las dos casillas.

Artículo 18, apartado 3, párrafo segundo · Reglamento (UE) 2021/782, artículo 18 (Reintegro y conducción por una vía alternativa), apartado 3 · https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32021R0782

Pieza n.º 4 · La llegada, y el cálculo

El autocar entra en Berlín a las 20.30. Usted tenía que estar allí a las 17.50. Dos horas y cuarenta minutos de retraso en la llegada.

Abre la hoja de cálculo y reúne sus piezas: el billete de tren de 58 €, el recibo del autocar, la nota de las 15.12.

Hoja de cálculoPor rellenar
Trayecto
internacional, entre dos países de la Unión
Precio pagado por el tren
58 €
Llegada prevista
17.50
Llegada real
20.30
Retraso en la llegada
2 h 40
Reembolso del billete solicitado
no, se eligió transporte alternativo
Compensación debida
por determinar

¿Cuánto puede reclamar, y sobre qué base de cálculo?

Respuesta correcta · El 50 % del precio del billete, o sea 29 €, porque el retraso en la llegada pasa de dos horas.

El baremo del tren es un porcentaje, y la distancia no entra Aquí nada que ver con el avión: ni tramos de kilómetros, ni cantidades a tanto alzado. El reglamento fija un porcentaje del precio del billete, y solo dos escalones. El 25 % en caso de retraso de entre 60 y 119 minutos, el 50 % a partir de 120 minutos. Y añade una precisión que vale oro: esa compensación se debe SIN que usted pierda su derecho al transporte.

«El viajero que vaya a sufrir un retraso entre los lugares de partida y de destino final especificados en el billete o billete combinado por el cual no se le haya reintegrado el importe del billete con arreglo a lo dispuesto en el artículo 18 tendrá derecho a indemnización de la empresa ferroviaria por retraso sin por ello renunciar a su derecho al transporte. La indemnización mínima por causa de retraso será la siguiente: a) 25 % del precio del billete en caso de retraso de entre 60 y 119 minutos; b) 50 % del precio del billete en caso de retraso igual o superior a 120 minutos.»

En palabras llanas: dos escalones, dos porcentajes. Más de dos horas de retraso en la llegada, y es la mitad del precio del billete. La palabra «mínima» significa que su país puede dar más, nunca menos.

Artículo 19, apartado 1 · Reglamento (UE) 2021/782, artículo 19 (Indemnización), apartado 1 · https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32021R0782

Mito · Como terminé el trayecto en autocar, es el precio del autocar el que sirve de base al cálculo.

El mito: «se calcula sobre lo que acabé pagando» El texto designa una base y solo una: el precio total que el viajero abonó realmente por EL SERVICIO QUE HA SUFRIDO EL RETRASO. Ese servicio es el tren suprimido, no el autocar de emergencia. El billete de autocar sigue otro camino, el del reembolso de los gastos de transporte alternativo. Dos peticiones, dos bases, la misma carta.

«Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 2, la indemnización por retrasos se calculará en relación con el precio total que el viajero abonó realmente por el servicio que ha sufrido el retraso.»

En palabras llanas: el porcentaje se calcula sobre el billete de tren, el del viaje que falló. No mezcle los dos billetes en el mismo cálculo.

Artículo 19, apartado 3 · Reglamento (UE) 2021/782, artículo 19 (Indemnización), apartado 3 · https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32021R0782

Mito · Mejor pido las dos cosas: el reembolso completo del billete de tren Y la compensación.

El mito: «acumulo todo lo que existe» La página oficial de la Unión enumera los casos en que no se debe ninguna compensación, y uno de ellos es claro: usted ha optado por el reembolso del billete. El reembolso y la compensación son dos ramas de la misma elección, no dos líneas que se sumen. Pedir las dos es dejar que la compañía elija la más barata en su lugar.

«No recibirás compensación alguna si: te informaron del retraso originado por la cancelación del tren antes de adquirir el billete; el retraso, debido a la continuación del viaje con otro servicio o a un transporte alternativo, es inferior a una hora; has optado por el reembolso del billete;»

En palabras llanas: o recupera su billete, o viaja y cobra el porcentaje. Elija antes de escribir, y escriba lo que ha elegido.

Apartado «Compensación: cancelación» · Derechos de los pasajeros de tren: los casos sin compensación · https://europa.eu/youreurope/citizens/travel/passenger-rights/rail/index_es.htm

Pieza n.º 5 · La palabra «huelga», usada como un muro

Veintitrés días después llega la respuesta. El reembolso del autocar queda aceptado. La compensación, no.

Respuesta del servicio de atención al clienteExpediente R7QX3B

Acusamos recibo de su solicitud relativa al tren suprimido de las 13.32.

La supresión se debe a un conflicto laboral de nuestro personal, constitutivo de circunstancias extraordinarias en el sentido del Reglamento (UE) 2021/782. No se debe, por tanto, ninguna compensación.

Los gastos de transporte alternativo se le reembolsarán en treinta días. Le agradecemos su comprensión.

Una huelga de su propio personal. ¿Se sostiene el argumento?

Respuesta correcta · No: el reglamento excluye expresamente las huelgas del personal de la empresa ferroviaria. Se lo cito.

El reglamento previó ese argumento, y lo cerró La lista de circunstancias que eximen a la compañía es cerrada, y el texto se molesta en añadir lo que NO forma parte de ella. Las huelgas de su propio personal quedan expresamente fuera de la exención, igual que las acciones de los administradores de infraestructuras y de estaciones. La meteorología extrema, personas en la vía, un robo de cables: sí. Un conflicto laboral interno: no.

«La empresa ferroviaria no estará obligada a indemnizar si puede demostrar que el retraso, la pérdida del enlace o la cancelación se debió directamente a, o a causas vinculadas inherentemente con: a) circunstancias extraordinarias ajenas a la explotación ferroviaria, como los fenómenos meteorológicos extremos, las catástrofes naturales graves o las crisis graves de salud pública […] Las huelgas del personal de la empresa ferroviaria, las acciones u omisiones de otra empresa que utilice la misma infraestructura ferroviaria y las acciones u omisiones de administradores de infraestructuras y de estaciones no quedan cubiertas por la exención a que se refiere la letra c) del párrafo primero.»

En palabras llanas: la huelga de sus propios trabajadores no es una circunstancia extraordinaria. Está escrito en el mismo apartado que enumera las exenciones, y les toca a ellos probar lo demás.

Artículo 19, apartado 10 · Reglamento (UE) 2021/782, artículo 19 (Indemnización), apartado 10 · https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32021R0782

Mito · Contra una huelga nadie puede hacer nada. Abandono el expediente.

El mito más rentable del ferrocarril: «es la huelga, o sea que es la fatalidad» La página oficial de la Unión lo zanja en una frase, al final del apartado dedicado a las circunstancias extraordinarias. Y recuerda de paso algo que vale para las circunstancias extraordinarias DE VERDAD: incluso en esos casos, usted pierde la compensación, pero conserva el reembolso, el transporte alternativo y la asistencia.

«En estas situaciones, no tienes derecho a compensación, pero siguen siendo de aplicación tus otros derechos, es decir, el reembolso del billete o la modificación del trayecto y la asistencia. Ten en cuenta que las huelgas del personal de la empresa ferroviaria no se consideran circunstancias extraordinarias.»

En palabras llanas: la huelga de su personal no les exime de nada. Y cuando existe una circunstancia extraordinaria de verdad, solo hace caer la compensación, nunca el resto.

Apartado «Circunstancias extraordinarias: cancelación» · Derechos de los pasajeros de tren: las huelgas de personal no son circunstancias extraordinarias · https://europa.eu/youreurope/citizens/travel/passenger-rights/rail/index_es.htm

Mito · La compañía ha respondido por escrito: el expediente está cerrado, ya no queda nadie a quien acudir.

El mito: «después de la compañía no hay nada» La página oficial da el piso siguiente, con sus plazos. Una respuesta que no le satisface abre tres meses para acudir a la autoridad nacional, y nombra a cuál: la que concedió la licencia de la compañía. Esa autoridad debe tramitar en tres meses, seis en casos complejos, y emitir un dictamen jurídico sobre cómo proseguir.

«Si has recibido una respuesta de la empresa ferroviaria, pero no estás satisfecho, también puedes presentar una reclamación ante la autoridad nacional competente de tu país en un plazo de tres meses a partir de la desestimación de tu reclamación por parte de la empresa ferroviaria. Debes dirigir tu denuncia a la autoridad nacional que concedió la licencia de la empresa ferroviaria. El procedimiento de tramitación de reclamaciones de la autoridad nacional debe durar un máximo de tres meses (o seis meses si se trata de casos complejos). La autoridad nacional debe proporcionarte un dictamen jurídico no vinculante sobre cómo proseguir con tu reclamación.»

En palabras llanas: tres meses para acudir a la autoridad que dio la licencia a la compañía, y tres meses para que le responda. Una negativa no es un final, es un cambio de interlocutor.

Apartado «¡Haz valer tus derechos!» · Derechos de los pasajeros de tren: cómo hacer valer sus derechos · https://europa.eu/youreurope/citizens/travel/passenger-rights/rail/index_es.htm

Veredicto · Lo que valía un tren que nunca salió

Un tren suprimido, un billete de 58 €, un vale de compra rechazado en el momento justo y siete derechos que nadie anunció en la taquilla.